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jueves, 10 de septiembre de 2020

Gascue, casa-local en Venta


Casa-Local
PARA REMODELAR
2 niveles
Patio
Azotea
6 habitaciones
4 banos
Cada casa con su cocina, cuarto de servicio y area de lavado
Acceso al techo en el segundo nivel
Cuarto de Desahogo en el 1er nivel
Ideal para remodelar para locales de oficina, 
hostal, habitaciones para Airbnb, 
edificio comercial, 
2do garage disponible en RD$500,000 adicionales.
gran potencial y excelente ubicacion, 
proxima a avenidas principales como la Bolivar y la Independencia, 
acceso a transporte, proximo al Parque Independencia y El Conde.

VENTA: RD$13,500,000
cod 137694

domingo, 11 de agosto de 2013

Sobre Los Titulos De Propiedad Inmobiliaria y la Venta de Inmuebles.

Hace tiempo quería escribir sobre este tema, pero el mismo trabajo, la falta de tiempo y de disposición me lo impedían, hoy al fin me he decidido.

La motivación que dirige este post es la necesidad de aclararle a los propietarios de inmuebles la naturaleza del titulo de propiedad inmobiliaria, y esta surge ante la resistencia de algunos de facilitar la copia del titulo del inmueble de su propiedad.
Algunas personas entienden que si otorgan una copia del titulo de propiedad al agente que contratan para vender su inmueble pueden estarse exponiendo a que le hagan alguna serie de trampas con el mismo, esta practica era común en años anteriores cuando la oficina de Jurisdiccion Inmobiliaria no existía ni tampoco los controles modernos de hoy día, sin embargo esto no quita el hecho de que pueda ocurrir, es conocido que el ingenio de quien busca hacer el mal es vasto mas sin embargo el no otorgar copia del certificado de titulo de propiedad inmobiliaria a quien lo solicita no exime a un interesado de conseguirlo ya que los archivos de la Jurisdicción Inmobiliaria son de uso y consulta publica por Ley y el que alguien no facilite esta copia para agilizar un trabajo profesional no evita que esta pueda ser adquirida si así lo decidiera el interesado, el hecho de pedirla es solo una manera de dinamizar el proceso de listado de la propiedad para la debida promoción con fines de venta.  He aquí mas información a lo que digo:

"Constituye la biblioteca digital de la Jurisdicción Inmobiliaria, espacio mediante el cual se cumple con el mandato de la ley 108-05 sobre la publicidad de todas las actuaciones y documentaciones recibidas y emitidas en los órganos de la institución. En la unidad de Consulta los usuarios pueden tener acceso a toda la información importante que contiene un inmueble de su interés." (fuente, pagina oficial de la Jurisdicción Inmobiliaria)

Quiero aprovechar y explicar también en que consiste un proceso de listado o captación de propiedad para la venta.  En la oficina de la que soy parte, Remax Metropolitana, nos regimos por una serie de normas y requisitos para aceptar una propiedad en venta, sea esta un inmueble individual (casa, apartamento, solar, local, etc..) como un proyecto en construcción (apartamentos, casas, turísticos, etc.), estos requisitos son mínimos pero inquebrantables, aquí los enumero:

Toda propiedad inmobiliaria que se registre en Remax Metropolitana debe estar debidamente identificada y archivada por un expediente y numero de propiedad especifico para este inmueble, los documentos que la identifican son:

A) Copia del Certificado de Titulo de Propiedad- Este es el documento que identifica mediante un número de registro único y para siempre la propiedad que va a ser puesta a la venta.

B) Copia de la Cédula de Identificación y Electoral o cédulas de la (s) persona (s ) que aparece (n) como propietarios en el Certificado de Titulo y en el caso que el titulo este a nombre de una compañía se requerirá también copia del Registro de RNC de la compañía registrada como propietaria.- Esta es la única manera de comprobar que la persona que esta autorizando a la venta tiene realmente derecho de propiedad sobre este inmueble y por lo tanto esta capacitada para autorizar al agente inmobiliario a ofrecerlo en venta.

C) Formulario de Autorización de Venta/Alquiler y acuerdo de comisión- Este es el acuerdo entre el propietario del inmueble y el agente inmobiliario en el que se establece la naturaleza de la negociación y en donde se determinan los honorarios del agente y/o la oficina.

Estos tres documentos corresponde a lo que es la creación de un expediente para este inmueble, el mismo se archiva en la oficina y se registra en nuestro sistema de datos digital por la oficina de administración, solo mediante autorización de la oficina de administración este inmueble puede ser ofertado a nuestros clientes. Si la propiedad esta registrada en correcto orden esta se autoriza y se publica y luego de esto esa información solo se utiliza cuando hay un cliente interesado en la propiedad y se va a proceder a un cierre.

El que un agente solicite estos documentos a un propietario tiene una simple razón de ser,  se debe a que tanto la oficina como el agente de Remax Metropolitana deben asegurarse de que están siendo contratados por una persona legal y oficialmente autorizada para ello y como una forma de proteger nuestro trabajo y a nuestros clientes, no han sido pocas las veces que a la hora de cerrar una operación se descubre que quien ha estado involucrado carece de potestad para ello y esto simplemente porque al momento de listar la propiedad el agente inmobiliario no hizo correctamente su trabajo.

Por esto cuando un agente Remax Metropolitana le solicite esta documentación no es con ningún fin delictivo, sino todo lo contrario, protegiendo nuestro trabajo protegemos al cliente y al propietario, y como me gusta siempre decir: "Cuentas claras, amistades largas" y los negocios se plantean SIEMPRE, en tinta y papel, por eso es importante la cooperación a este hecho por parte de los propietarios, al final de cuentas estamos unidos para el mismo fin.

Para mas información sobre los títulos de propiedad y su consulta pública, por favorhttp://ji.gov.do/webji/contenido/requisitos/unidad_consulta.aspx
visiten este link:

Que tenga un felíz resto del día y si necesita ayuda para poner a la venta o alquiler su propiedad me reitero a sus ordenes.

Atentamente,

Remax Metropolitana
Asociada en Ventas
Remax 100% Club Member
CLHMS Designation & Million Dollar Guild Member
Member of the Institute for Luxury Home Marketing
I.R.E.S Certified Member

sábado, 3 de noviembre de 2012

Los Bienes Raices y la Reforma Fiscal

Hola a todos, quise escribir sobre este tema a raíz de que muchos amigos me han comentado sus inquietudes con relación al sector inmobiliario y como incide sobre el mismo la nueva reforma fiscal.

Con este escrito no pretender leccionar a nadie, solo intento compartir los conocimientos que tengo sobre el tema en cuestion, no soy experta en temas impositivos ni pretendo serlo, cualquier correccion sobre el tema sera bien recibida asi como sus comentarios.

En principio lo que la reforma fiscal propone para el sector inmobiliario no representa grandes amenazas, el valor del IPI fue aumentado de 5 millones a 6.5 millones sobre el valor total de los inmuebles que posea una misma persona y no por el inmueble individualmente, es decir que si tienes varias propiedades y la suma de los IPI de estas queda por debajo de los 6.5 millones de pesos no tendrás que pagar este impuesto por estas propiedades, pero si la suma de las mismas excede los 6.5 millones de pesos pagaras el 1% que es el valor de IPI por este excedente.

Aquí un ejemplo monetario:

Veamos este caso, por ejemplo una misma persona posee varios inmuebles, todos con un valor de IPI ya establecido, si la suma de todos estos inmuebles diera como resultado 7 millones de pesos quiere decir que hay un excedente de 500 mil pesos sobre el limite otorgado de 6.5 millones de pesos para la exención del impuesto lo que quiere decir entonces que la persona dueña de estos inmuebles varios tendrá que pagar un 1% (valor del IPI) sobre este excedente, es decir sobre los 500 mil pesos por encima que arrojaron el valor de todos sus inmuebles.

Ahora bien, recordemos que no es lo mismo el valor de compra-venta de una propiedad que el valor de su IPI, estos valores muchas veces están muy distanciados entre si y no necesariamente las propiedades que compraste en determinado valor estén valoradas de la misma forma en Impuestos Internos pues ellos se rigen por una tabla y no por el valor del mercado, lo que quiere decir que tu inversión y tus propiedades no necesariamente se verán afectadas así tengas mas de una, en cualquier caso también siempre puedes pedir una revalorización de las mismas.

El otro impuesto que es el impuesto del 3% a la transferencia inmobiliaria permanece igual y este siempre se paga por el valor establecido en el contrato a la hora de hacer la compra y de registrar el inmueble, aquí vuelve a aparecer de nuevo el valor del IPI otorgado a este inmueble que es por el cual se regirá este registro.

Para quienes entienden como la mejor forma de darle valor a su dinero en el tiempo es mediante la compra de bienes raíces esto no tiene porque asustarlos, pueden seguir haciendo sus inversiones, solo verifiquen el valor del IPI del inmueble en cuestión y organicen sus adquisiciones.

Cada día pierden mas atractivo las construcciones de viviendas grandes y costosas dando paso a otras de tamaño mas moderado y precios mas accesibles al mercado, quienes invierten para alquilar posteriormente deben entender que tiene mas salida un alquiler modesto que uno caro, y este tipo de alquileres se encuentran en todos los sectores de la ciudad en aquellos inmuebles con un tamaño que oscile entre los 90-150 mt2.

Siempre habrá mercado para los inmuebles de lujo, tanto para compra-venta como para alquiler, pero estos son una minoría y se rigen por una clase que rara vez se siente muy afectada por este tipo de cambios.

Por otro lado, quienes compran para revender rara vez pasan por el esquema de los impuestos si compran en construcción donde la plusvalía es mayor y la ganancia también, y no hay depreciación, lo ideal es comprar en planos y revender antes de la fecha de entrega, así se evita el tema de los impuestos de transferencia y tener que registrar su inmueble para asignarle el IPI.

Los bienes raíces son una forma segura de inversión, con una excelente tasa de retorno y una garantía de incremento de valor del dinero en el tiempo aun a pesar de la inflación y la depreciación, solo hay que invertir sabiamente, esto solo se logra con un corredor de bienes raíces experimentado, con amplio conocimiento del mercado y con quien debe establecer una relación de negocios como la haría con su banquero, corredor de bolsa y hasta con su medico.

Use los agentes inmobiliarios, nosotros tenemos herramientas que otros no manejan ni poseen, un ensena casas no es un agente, tampoco su vecino, ni su amigo a quien usted por ayudar le da a vender su propiedad a pesar de que no maneje ninguno de los temas ni situaciones que un corredor experimentado maneja a diario, esta practica es tan grave como el que va a un boticario para que le diagnostique una enfermedad.

Para resultados excelentes, solo busque corredores excelentes, pero escuchelos, ESCUCHELOS,  su consejo puede ser la diferencia entre ganar o perder dinero todos los días veo esta practica, y son muchas las veces que he tenido que recurrir a la pesada frase: "TE LO DIJE".

Para cualquier información adicional estoy a la orden,
email: tanya@tanyadiaz.com,
website: www.tanyadiaz. com y www.tanyadiaz.net.

Sigueme en las redes sociales, estoy al servicio de quien lo solicite.

Tanya Díaz
Agente Inmobiliario con mas de 14 anos de experiencia
Asociada de Remax Metropolitana.

jueves, 18 de octubre de 2012

Hablemos del impuesto a la propiedad inmobiliaria (IPI)

Hablemos del IPI...El Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI), está establecido por la Ley No. 18-88 sobre el Impuesto de la Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos No Edificados, modificada por la Ley No. 288-04 del 28/09/2004.

Se establece el pago del 1% anual, del excedente de los Cinco Millones de Pesos, del valor de los inmuebles incluyendo terreno y construcción.

Por ejemplo, un inmueble que tiene un valor de RD$6,000,000.00; pagaría el 1% de RD$1,000,000.00; que equivale a RD$10,000.00 anuales.

En caso de que el inmueble tenga un valor menor de los RD$5,000,000.00, está exento del pago, pero, igualmente para realizar ciertas operaciones inmobiliarias, requiere de la certificación de la Dirección General de Impuestos Internos de exención.

Los inmuebles que aplican para este impuesto:
a)Inmuebles destinados a viviendas
b)Los solares no edificados y aquellos inmuebles no destinados a viviendas, incluyéndose como tales los destinados a actividades comerciales, industriales, y profesionales.

Además de los inmuebles con valor inferior a los RD$5,000,000.00; están exentos aquellos en los que el propietario ha cumplido los 65 años de edad, siempre que no se haya transferido en los últimos 15 años y sea su única propiedad inmobiliaria.

Este impuesto es pagadero en cuotas semestrales, y cuando no es pagado en el plazo establecido, se impone un recargo por el 2% mensual del monto vencido.

La mencionada ley, establece la obligación al propietario a presentar anualmente, ante la Dirección General de Impuestos Internos, su declaración jurada sobre el inmueble gravado.

Cualquier información adicional no dudé en contactarme, Siempre a sus Órdenes.

(Cortesia de mi colega, Kelvin Castillo en Remax Metropolitana)

Tanya Diaz
Asociada en Ventas
Remax Metropolitana.

martes, 2 de octubre de 2012

La Primera Vivienda de los Recien Casados

http://tanyadiaz.net/realstates/view/24752
Que bueno, vas a dar ese gran paso de crear una familia, estas en pos de un matrimonio o te acabas de casar y como dice ese viejo dicho: "El Casado Casa Quiere", pues bien es hora de tomar una decisión para tu vida.
Como en cualquier otra actividad que vayas a emprender lo primero que debes establecer son tus condiciones, en este caso aplican los siguiente pasos que debes de seguir para que tengas éxito:

-Establecer un presupuesto: sin saber con cuanto cuentas para realizar tu compra no haces nada con encontrar la casa de tu sueno, tu pareja y tu deben sentarse y revisar sus finanzas para determinar un presupuesto que les permita realizar la compra y al mismo tiempo seguir viviendo.

-Determinar si quieren algo listo o en construcción: Aquí hay que tener cuidado con esto, pues una compra de un inmueble listo no es lo mismo que una compra en construcción, ni financieramente ni para el valor del dinero en el tiempo, esta decisión vendrá determinada por la urgencia que tengan en mudarse así como de su conocimiento de finanzas e inversión.  Aquí explico las diferencias:

       A) Compra en construcción: Se refiere a proyectos ya sea de casas o apartamentos que no están    terminados y que requieren de una fase y tiempo de entrega para poder se habitados, estos dan la facilidad de una separación, un pago de un inicial y un pago completivo cuando la vivienda es entregada.  Dependiendo de la construcción los tiempos oscilan entre 12-24 meses y el contrato a firmar no es un contrato de venta definitivo sino una opción a compra, el pago final puede hacerse en efectivo o vía financiamiento hipotecario.

       B) Compra de un inmueble terminado: Esta compra es para un bien que ya fue entregado, sea que el mismo es nuevo, recién terminado o con cierto tiempo de uso y debe tener un titulo de propiedad definitivo a nombre de una persona física o compañía, sus impuestos inmobiliarios pagos y al día y no requiere de separación sino de una compra definitiva que se hace directamente al propietario y cuya forma de pago sera en efectivo o a través de un financiemiento hipotecario, el contrato a firmar puede ser también una opción a compra (dependiendo del acuerdo de pago entre las partes) o uno definitivo.

-Establecer la forma de pago: Es importante saber si se cuenta con todo el dinero para realizar la compra, ya sea para los pagos de la separación e inicial de un proyecto en construcción o para el primer pago o pago total de una propiedad terminada. El flujo de caja debe establecerse entre la pareja, contando con sus ahorros, sueldos, bonificaciones, donaciones, herencias o cualquier ingreso del que dispongan.

-Definir si son personas sujetas a crédito: Esto es predepurarse en una institución financiera para saber si califican para el préstamo hipotecario de la vivienda que eligieron, se dan sorpresas muy desagradables y costosas cuando las personas hacen el compromiso de una compra sin saber si su crédito les permitirá optar por un financiamiento y luego se ven en la disyuntiva de no poder pagar el inmueble.  Predepurarse con un banco o asociación es gratis, no conlleva ningún costo y es algo que pueden hacer a través de su agente hipotecario o su oficial de cuentas bancarias.  Lo ideal es hacerlo en mínimo 3 instituciones para tener un abanico de opciones tanto de tasas financieras como de tiempo.

Una vez definidos estos primeros pasos el siguiente es elegir el lugar donde desean vivir de acuerdo a su presupuesto y optar siempre por la mejor ubicación versus el inmueble mas bonito, solo salgan a ver propiedades cuando estén realmente decididos y elijan un agente inmobiliario profesional y preparado que pueda asesorarlos correctamente, no solo en las opciones que habrá en el mercado sino también en el financiamiento, pagos y demás, salir a ver propiedades sin saber lo que se quiere y sin la debida asesoría solo traerá confusión y caos.

Otra opción es hacer búsquedas online o en la web (antes de salir a la calle) en paginas especializadas que les permitirán ir conociendo lo que hay disponible y las opciones (algunas, no todas) de lo que esta a su alcance.

Para ejemplo de estas paginas pueden visitar www.tanyadiaz.net y www.tanyadiaz.com (esta ultima en ingles).

Que tengan una feliz cacería de inmuebles y una prospera vida juntos.

Tanya Díaz
Agente Inmobiliario
Asociada en Ventas
Remax Metropolitana